lunes, 1 de julio de 2013

NOTA INFORMATIVA AYUDA ESCOLAR Y UTILES Y UNIFORMES

NOTA INFORMATIVA
La Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería, a través del Grupo de Trabajo de Bienestar Social, informa a sus trabajadores (a)s fijo (a)s; contratados (as); en comisión de servicio por ante otros organismos públicos o empresas del estado, así como jubilado(a)s y pensionado(a)s, que se está dando continuidad a los Beneficios de AYUDA ESCOLAR y AYUDA DE ÚTILES Y UNIFORMES CORRESPONDIENTE AL AÑO ESCOLAR 2013-201
Recepción de documentos:
• Se estará recibiendo la documentación durante los meses de Julio, Agosto, Septiembre, Octubre y Noviembre. (las nominas se cierran el 05 de cada mes).



Requisitos en caso de Renovaciones:
• Planilla de solicitud debidamente firmada.

• Constancia de Inscripción del nuevo año escolar 2013-2014

Requisitos para solicitudes por primera vez:

• Planilla de solicitud debidamente firmada.
• Constancia de Inscripción del nuevo año escolar 2013-2014


• Notas o constancia de promoción.

• Original y copia de la partida de nacimiento del hijo o hijos.

• En casos especiales como colocación familiar o adopción, debe consignarse copia simple o certificada de la sentencia emitida por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

• Copia de la cédula de identidad y carnet del trabajador.

• Copia de la cédula de identidad del hijo o hijos del trabajador (en caso de ser mayor de nueve (09) años).





Condiciones que deben cumplir los hijos de los trabajadores(a)s del organismo:





• AYUDA ESCOLAR: Edad comprendida entre los 6 y 25 años de edad (Educ. básica, media, diversificada, superior (pregrado) y educ. Especial).

• AYUDA DE ÚTILES Y UNIFORMES ESCOLARES: Edad comprendida entre los 0 y 25 años de edad (maternal, educación inicial, básica, media, diversificada o superior (pregrado)y Educ. Especial) .

• No estar becado, ni recibir ayuda igual o similar por otro organismo público o privado.

• Depender económicamente del trabajador.

• No estar laboralmente activo.

• Ser soltero(a) y no mantener unión concubinaria.

Se reitera que en caso que ambos padres trabajen en el MENPET, el beneficio se otorgará únicamente a uno de ellos, con preferencia a la madre.
Para la entrega de los documentos solicitados, agradecemos se dirijan a las Oficinas de Atención al Usuario (M016 ó M020), ubicadas en el nivel Mezanina de la Torre Oeste.
Finalmente, recordamos que la entrega oportuna de los recaudos solicitados, permitirá el debido procesamiento de las nóminas respectivas, razón por la que se les agradece a nuestros funcionarios, leer con atención la presente Nota Informativa, verificar el cumplimiento de los requisitos respectivos y su consignación en las fechas indicadas.

Fuente: Oficina de Recursos Humanos – Grupo de Trabajo de Bienestar Social

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