lunes, 1 de agosto de 2011

NOTA INFORMATIVA - AYUDA ESCOLAR 2011 - 2012

NOTA INFORMATIVA

La Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, a través del Grupo de Trabajo de Bienestar Social, informa a sus trabajador(a)s fijo(a)s; y en comisión de servicio en otros organismos públicos o empresas del estado, así como a los jubilado(a)s y pensionado(a)s, que se está dando continuidad a los Beneficios de AYUDA ESCOLAR y AYUDA DE ÚTILES Y UNIFORMES CORRESPONDIENTE AL AÑO ESCOLAR 2011-2012, a partir de la siguiente fecha:

Recepción de documentos:
·        Preescolar, educación primaria, secundaria y universitaria: lunes 01 de agosto.

Se le recuerda a aquellos que gozan actualmente de dichos beneficios, la necesidad estricta de actualizar anualmente los requisitos.


Condiciones que deben cumplir los hijos de los trabajadores del organismo:

·      Edad comprendida entre los 6 y 25 años de edad, para la AYUDA ESCOLAR; y desde 0 (cero) hasta los 25 años, para la AYUDA DE ÚTILES Y UNIFORMES ESCOLARES.
·      Cursar estudios de educación preescolar, básica, media, diversificada o superior (pregrado).
·      No estar becado, ni recibir ayuda igual o similar por otro organismo público o privado.
·      Depender económicamente del trabajador.
·      No estar laboralmente activo.
·      Ser soltero(a) y no mantener unión concubinaria.

Se reitera que en caso que ambos padres trabajen en el MENPET, el beneficio se otorgará únicamente a uno de ellos, con preferencia a la madre;  y  asimismo, que el beneficio se otorgará a un máximo de  tres  (3)  hijos  por trabajador.

Requisitos según el caso:

En caso de Renovaciones, deberá presentarse:
·         Planilla de solicitud debidamente firmada (anexa).
·         Constancia de Inscripción del nuevo año escolar.

Para las solicitudes efectuadas por primera vez:
  • Planilla de solicitud debidamente firmada (anexa).
  • Constancia de Inscripción del nuevo año escolar.
·         Notas o constancia de promoción.
·         Original y copia de la partida de nacimiento del hijo o hijos.
·         En casos especiales como colocación familiar o adopción, debe consignarse copia simple o certificada de la sentencia emitida por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
  • Copia de la cédula de identidad y carnet del trabajador.
  • Copia de la cédula de identidad del hijo o hijos del trabajador (en caso de ser mayor de nueve (09) años).
Para la entrega de los documentos solicitados, agradecemos se dirijan a las Oficinas de Atención al Usuario (M016 ó M020), ubicadas en el nivel Mezanina de la Torre Oeste.

Finalmente, recordamos que la entrega oportuna de los recaudos solicitados, permitirá el debido procesamiento de las nóminas respectivas, razón por la que se les agradece a nuestros trabajadores, leer con atención la presente Nota Informativa, verificar el cumplimiento de los requisitos respectivos y su consignación en las fechas indicadas.

SE ANEXA PLANILLA UNICA PARA TRAMITE DE BENEFICIOS
 Se envío por correo o solicitarla en el MENPET


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